Prisión para el imán de Fuengirola

Un juez de Barcelona ha ordenado el ingreso en prisión de Mohamed Kamal Mostafa, imán de Fuengirola, que fue sentenciado a un año y tres meses de prisión por provocación a la violencia, perpetrado con la publicación del libro La mujer en el islam, en el que se incluían párrafos sobre la forma en que maltratar a la mujer. El magistrado justifica su decisión por la "peligrosidad social" de Kamal, que en un libro explicó cómo maltratar a la mujer.

La defensa recurre la decisión del juez, que considera un agravio "inexplicable e injusto". La defensa del imán avisa del peligro de fractura social.

La defensa del líder religioso ha presentado recurso contra la decisión del juez, que es bastante inusual dado que es la primera condena de Kamal, que carece de antecedentes y que lo habitual es que se conceda la condena condicional cuando no se superan los dos años de pena. El argumento del magistrado es la "peligrosidad social" de Kamal.

Todo el proceso ha tenido mucha repercusión mediatica. En él se dilucidó una conducta relacionada con el artículo 510 del Código Penal y que se refiere a la provocación de la discriminación, al odio o a la violencia por, entre otros, motivos raciales, religiosos, ideológicos o de sexo.

En España tan sólo había un precedente, el juicio contra el propietario de la librería Europa, y no era exactamente igual, ya que no se atentaba contra la desigualdad entre hombre y mujer, sino por una cuestión racial. Ambos casos, los únicos en España, fueron vistos en el juzgado de lo penal número 3 de Barcelona.

El 14 de enero de este año, el titular de este juzgado condenó a Mohamed Kamal Mostafa a un año y tres meses de prisión por un delito de provocación a la violencia por razón de sexo, cometido con la publicación del libro La mujer en el islam, en el que se incluían párrafos sobre el maltrato a la mujer. Asimismo, se ordenó el decomiso de 1.668 ejemplares existentes de la obra.

El imán dio órdenes a su defensa de no recurrir el fallo ante la Audiencia Provincial, siendo su principal objetivo terminar con la polémica suscitada con el texto, y que de hecho tenía connotaciones sociológicas y religosas, entre ellas de interpretación de la fe islámica. Pero diez meses después de los acontecimientos, Kamal vuelve a ser noticia.

Cuando la sentencia del penal 3 adquirió firmeza, el asunto fue a parar a un juzgado dedicado a ejecutar las decisiones judiciales. El imán pidió la aplicación de la condena condicional, que es lo habitual en los casos en que la pena sea inferior a dos años y se carezca de antecedentes. Pero el fiscal informó desfavorablemente y el titular del juzgado penal 12, encargado del trámite, emitió un auto el pasado 28 de octubre, en el que denegaba la suspensión de la condena. La argumentación del juez es que "no procede conceder el beneficio (...) por la peligrosidad social del condenado".

Acto seguido, se da al imán un plazo de quince días para ingresar en prisión "al objeto de cumplir la pena impuesta, bajo apercibimiento de ordenarse su detención".

La decisión no es firme, porque es recurrible, y de hecho el letrado del imán, José Luis Bravo, lo ha hecho ante el mismo juez, si bien en el escrito ya se infiere que el asunto terminará en la Audiencia.

En este texto, el letrado refiere que su cliente cumple con todos los requisitos que prescribe la ley y que, de hecho, la suspensión de la pena, es de "concesión automática" en condenas bajas. Bravo hace hincapié en que Kamal no recurrió "para paliar la fractura social entre comunidades a la que contribuye y aboca tal resolución".

Para el abogado, el ingreso en prisión tendría para el imán "graves consecuencias", pues está casado y tiene tres hijas que dependen de él. José Luis Bravo añade que la resolución judicial es "sorprendente" y que con ella se mantiene "latente un proceso que no dudamos en calificar de injusto".

El recurso añade que la peligrosidad social a la que alude el juez no está fundamentada, por lo que se causa una desigualdad ante la ley del imán, puesto que ha pagado la multa, la pena es inferior a dos años y no acumula otras condenas. Por estos razonamientos, el enviar a Kamal a prisión es "un agravio inexplicable e inusto", puesto que "la ley habilita la posibilidad" de no encarcelar a quien es sentenciado por vez primera.

Mohamed Kamal Mustafa nació en Egipto hace 44 años y es imán en España desde 1984, y ejerce estas funciones en Fuengirola desde 1992. En el juicio se definió como un progresista del islam y un defensor de los derechos de las mujeres, si bien dos páginas del libro sobre este tema acabaron en los tribunales, y le han reportado una condena de quince meses y una multa de 2.160 euros que ahora puede llevarle a la cárcel.

Un juez de Barcelona da un plazo de quince días a Kamal para entrar en prisión, niega la libertad condicional por la "peligrosidad social". Fue condenado a un año y tres meses de prisión, por provocación a la violencia, hace diez meses.